norma. Fuentes judiciales informaron que el procurador del Tesoro, Joaquín Da Rocha apeló el fallofavorable al Grupo Clarín, que ordenó suspender la aplicación de un artículo de la norma referido ala "cláusula de desinversión", que obliga al holding a desprenderse de varias emisoras de radio ytelevisión. Luego de asistir a un acto sobre la "digitalización" de la Constitución Nacional de1853, convocado por la Corte, Da Rocha firmó el recurso extraordinario contra la medida cautelardictada días atrás por la Cámara en lo Civil y Comercial Federal. En el recurso, Da Rocha invocó lo que definió como la "gravedad inconstitucional" que generala suspensión de la ley como argumento para que la Corte se aboque a su tratamiento. El 19 de mayo último, la Corte Suprema consideró admisible el tratamiento de un recursodel Gobierno contra un fallo de la Cámara Federal de Mendoza que suspendió la aplicación de la totalidad de la ley de Radiodifusión. Pocos días antes, el 14, la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal confirmó un fallode primera instancia que suspendió el artículo 161 de la ley. Ese apartado fija como plazo máximo un año para que las empresas que excedan la cantidad deseñales, de acuerdo a lo fijado por la norma, se desprendan de algunas de ellas. Este planteo difiere de otro que cuestiona un detrimento patrimonial que está en manos delProcurador General Esteban Righi, quien tiene pendiente presentar su dictamen ante la Corte. Al confirmar el fallo del juez Eduardo Carbone, la Cámara aseguró que la aplicación delartículo 161 implicaría una "desinversión forzada" en un plazo que es exiguo. "Es oportuno recordar que nadie tiene derecho al mantenimiento de la ley ni a oponerse acambios en la política legislativa, salvo que ello comporte la violación de derechos adquiridos ode una situación jurídicamente protegida al amparo de la legislación anterior", expuso eltribunal en aquella ocasión. En la misma resolución, la Cámara sí le había dado la razón al Gobierno sobre lavalidez del artículo 41 de la ley de Radiodifusión, referida a la transferencia de licencias. No obstante, para la Cámara "la interacción simultánea y conjunta de ambas disposicioneslegales (artículo 41 y 161, ndr) conduce a una desinversión forzada". "La alteración de las reglas de juego podría afectar la actividad periodística de lasactoras, con claro desmedro de la libertad de prensa por conductas que serían manifiestamente incompatibles con los principios consagrados en el artículo 13 de la Convención Americana sobreDerechos Humanos", dijeron en esa oportunidad los camaristas María Najurieta y Francisco de lasCarreras. Al darle la razón al Grupo Clarín, los jueces evaluaron que a raíz de la cláusula dedesinversión, los demandantes estarían "forzados en un plazo sorpresivo, breve y fatal a vender laslicencias que permitirían que una actividad sea económicamente sustentable". A la vez, les dijeron que sería "jurídicamente imposible desprenderse de las licencias cuyaexplotación no fuese redituable, provocando en forma conjunta un efecto de indefensión patrimonialque afecta la seguridad jurídica y pone en crisis el derecho de propiedad".