Tras la polémica en torno al carácter de la disposición enviada a los hospitales de todo elpaís, Begnis sostuvo que no se requiere una resolución para su aplicación y remarcó que está vigente. Esa guía actualiza otra de 2007 creada durante la gestión del entonces ministro GinésGonzález García y extiende la legalización del aborto en el país al admitir esa práctica para todoslos casos de violaciones, no sólo para los de "mujer idiota o demente". Además pone como condición que la víctima presente una denuncia policial o simplemente unadeclaración jurada en la que afirme haber sido violada. "Se trata de la interpretación que creemos correcta de lo que expone el Código Penal en casos de violación", puntualizó Begnis en diálogo con Radio 10. El ex diputado nacional dijo que los médicos pueden utilizar su "objeción de conciencia" ynegarse a realizar un aborto, pero que las instituciones médicas deben garantizar surealización en caso de que una mujer mayor de 14 años denuncie que fue violada y lo requiera. Sostuvo que si una mujer miente para que le practiquen un aborto el Código Penal tieneprevisto un castigo para quienes realicen falso testimonio o levanten una denuncia falsa y sepodrá aplicar luego de una investigación. La disposición fue inicialmente publicada como una resolución ministerial, aunque luegoel Ministerio de Salud negó que tuviera ese carácter ni que llevara la firma del ministroJuan Manzur. Esos vaivenes generaron sorpresa, confusión y decepción en algunos sectores que habíansalido un día antes a aplaudir la medida que hace una interpretación de la polémica históricasobre si el Código Penal admite todos los casos de violación como pasibles de aborto osólo en los casos de mujeres "dementes o idiotas". Con la guía, el Ministerio de Salud busca evitar la intervención de juzgados, tal como ocurrefrente a muchos pedidos de abortos, incluso si están amparados por la normativa en vigor. Además, de acuerdo con el nuevo texto, en casos vinculados con menores de edad, la opinióndeterminante será la de la embarazada, aunque sus padres se nieguen al aborto, mientras que "escompetencia exclusiva de los médicos tratantes decidir si el caso encuadra en las previsiones de nopunibilidad contempladas en el Código Penal".