Asimismo, aclaró que "si no ha transcurrido un cuatrimestre calendario completo desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta la fecha de recategorización, no están obligados a cumplir" con ese trámite.
La operatoria se realiza a través de la página web, utilizando clave fiscal e ingresando al servicio "Sistema Registral", opción "Registro Tributario / Monotributo / Recategorización".
En tanto, el ente recaudador indicó que los contribuyentes que no hayan tenido modificaciones en sus parámetros, pueden permanecer en la misma categoría abonando el importe que corresponda.
Las obligaciones de pago resultantes de la nueva categorización, deberán abonarse a partir del mes siguiente al cambio, de acuerdo con la información oficial.
Por otra parte, la AFIP señaló que los monotributistas encuadrados en las categorías F, G, H, I, J, K, L o los que revistan la calidad de empleadores, deberán ingresar la declaración jurada informativa cuatrimestral correspondiente al último cuatrimestre del 2013.
En este caso, los vencimientos según la terminación de la CUIT son:0-1 27/01/2014
2-3 28/01/20144-5 29/01/20146-7 30/01/20148-9 31/01/2014
Fuente: NA