Diario UNO
Martes, 12 de junio de 2012

Absolvieron a la dueña de una casa donde murió familia por monóxido

Un matrimonio y sus dos hijos fallecieron en 2007 por la mala instalación del calefón y una estufa en una casa alquilada en Godoy Cruz. La propietaria, Marta Alejandra Torres, estaba imputada de homicidio culposo agravado por el número de personas.

Por Catherina Gibilaro
 
Marta Alejandra Torres(28) fue absuelta este martes del delito por el beneficio de la duda de homicidio culposo agravado por el número de personas ya que toda una familia conformada por un matrimonio y dos hijos pequeños murieron por monóxido de carbono en el 2007 el mismo día que le alquilaron un departamento en Godoy Cruz.

El voto favorable fue del camarista Roberto Yanzón y Horacio Báez mientras que en disidencia votó el presidente del tribunal Roberto Uliarte quien pidió se la condene a dos años de prisión en suspenso.
 
Antes del veredicto la imputada manifestó ser inocente y que “estaba en manos de gente que quiere perjudicarme”.
 
Los insultos que siguieron contra los magistrados de parte de la familia de las cuatro victimas Marcelo Almonacid, Laura Dávila y sus pequeños hijo Erika y Enzo, fue de un tenor que no tiene precedentes en Tribunales.

El primero en abrir el alegato fue el Fiscal de Cámara, Darió Tagua quien después de una serie de consideraciones técnicas se metió de lleno en el punto clave del caso que conmovió a toda la opinión pública por las
características que lo rodearon. O sea que la familia alquiló el 20 de setiembre el departamento y murió a las 2 de la mañana del día siguiente por monóxido de carbono.

Tagua señaló a Marta Torres como la única responsable ya que estaba probados los desperfectos del calefón según dijo el precedente inquilino Sergio Izpura.
 
También hizo hincapié en las pruebas que se aportaron al juicio y a los diferentes reclamos que hizo Izpura a la inmobiliaria Ahumada y ésta a su vez a la dueña de casa.”Se mostraron fotos tomadas en julio del 2007
-dijo Tagua -donde se detectan muchas manchas de tiznado , propio del monóxido”.
 
Tagua también hizo referencia puntualmente a los informes de Ecogás y del  perito de Bomberos comisario Ricardo Miranda quienes se refirieron al mal estado de la salida del calefón al estar tapado el ducto que estaba en el techo.”Este era un hecho previsible” dijo en su momento el testigo Miranda  por la falta de mantenimiento. También afirmó que la mujer estaba notificada de lo que ocurría por el anterior inquilino por las cartas documento. Ella además reconoció que Izpura le dijo que no funcionaba bien.
 
Tras otras consideraciones pidió para la mujer la pena de 3 años .  Por su parte el abogado querellante Carlos Castro remarcó también que “la muerte se podría preveer y evidentemente de no haber habido negligencia
se podía haber evitado la muerte de la famiia Almonacid.”
 
Más adelante señaló que las pericias hablan por sí solas .Hay pruebas además que revelan que nadie de la familia Torres estuvo habitando el departamento durante 15 días en cambió hay prueba que las víctimas
murieron por monóxido.Luego habló sobre los controles que se ejercieron sobre el calefón calificándolos de deficitarios. En tanto las pericias detallaron falencias con anterioridad a las muertes.Pidió cuatro años de prisión para la acusada.

 

Tenaz defensa
El defensor Juan Day no escatimó ningún recurso legal para defender a la acusada.Tras hacer una reseña incluso de las falencias detectadas durante el juicio, criticó la valoración de la prueba aduciendo que “muchas verdades no se dijeron “ y responsabilizó a Izpura como asimismo detalló que el fiscal utilizó fallos civiles cuando este caso es penal, y que aumentó las expectativas de la pena.

“Es aplastante la tragedia y es natural que pidan castigo.”allí está parada Alejandra Torres...será responsable desde el punto de vista civil.Sucesos como este están fuera del ámbito penal. No hay ninguna
culpa en esta chica”.

 “La abogada Gentile-agregó- torció la causa afirmó Day quien tambien responsabilizó al pseudo gasista Gonzales por decir que todo estaba bien cuando no lo estaba.” Day finalmente pidió la absolución lisa y llana
para su clienta tras un minucioso cuan extenso alegato  o en su defecto el beneficio de la duda.

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