mendoza
La medida fue resuelta por la Subsecretaría de Transporte Automotor para preservar el tránsito en
la ruta 7 que une la Ciudad de Buenos Aires con Mendoza
La restricción rige en la ruta 7 desde la Ciudad de Buenos Aires hasta la Ciudad de Mendoza,
Provincia de Mendoza, de acuerdo a una resolución de la Subsecretaría de Transporte Automotor que
afecta al Tranpsorte automotor de cargas.
Disposición 15/2010
Establécense restricciones a la circulación de vehículos de transporte automotor de cargas
generales y de mercaderías y residuos peligrosos.
Artículo 1º — Restrínjase la circulación de los vehículos de transporte automotor de cargas
generales y de mercancías y residuos peligrosos, categorías N2, N3, O, O3 y O4, conforme lo
establecido en el Artículo 28 del Anexo I del Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995,
reglamentario de la Ley Nº 24.449.
Mes de Julio
Desde las 18:00 horas del día 30 de julio hasta las 7:00 horas del día 31 de julio.
Mes de Agosto
Desde las 16:00 horas del día 1º de agosto hasta la 1:00 horas del día 2 de agosto.
Art. 3º — Exceptúase de la restricción prevista por el artículo 1 de la presente disposición
a los vehículos que a continuación se detallan:
a) de transporte de leche cruda;
b) de transporte de animales vivos;
c) de transporte de productos frutihortícolas en tránsito;
d) de transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación
audiovisuales;
e) de atención de emergencias;
f) de asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el
traslado al punto más próximo a aquél donde pueda quedar depositado y en regreso en vacío;
g) de cisterna de traslado de combustibles y Gas Natural Comprimido;
h) de transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como
de gases transportados a particulares para asistencia sanitaria domiciliaria, en ambos casos,
cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;
i) de transporte de medicinas;
j) de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos.